La resolución CREG030 regula aspectos operativos y comerciales para permitir la integración de la autogeneración a pequeña escala y de la generación distribuida al Sistema Interconectado Nacional – SIN.
Nuestro país ha avanzado en la consolidación de la generación de energía, mejorando el uso de los recursos energéticos (fotovoltaicos, eólicos, hidroeléctricos, etc). Es por ello que si eres un potencial cliente, deseas estar conectado a nuestra red y quieres autogenerar, por favor realiza tu estudio de conexión, sube la información solicitada y espera la respuesta de nuestro equipo, quienes te podrán asesorar para que logres el mayor beneficio al producir tu propia energía.
Para conocer información más detallada, consulte nuestra Cartilla haciendo clic aquí
Para consultar la Disponibilidad de la Red Eléctrica a la cual desea conectarse, siga los pasos a continuación:
Ingrese al aplicativo aceptando la protección de reCaptcha seguidamente clic al botón Entrar.
Por favor de clic al botón Consultar Estado de Red y en la opciones presentadas escoja una de las opciones, numero de suscripción o número de transformador y diligencie el dato en el formulario de búsqueda que se le presenta, pulse click en el botón Buscar. Al obtener su resultado, es importante tomar registro del mismo como soporte de la consulta realizada.
Para diligenciar y realizar la solitud tenga en cuenta que debe formalizar la solicitud en línea dando clic al botón “Formato de solicitud de conexión”, una vez diligenciado el formulario no olvide dar clic al botón “guardar” para que su solicitud sea enviada a nuestro equipo “operativo”
Tenga en cuenta que se debe anexar la documentación requerida dependiendo del tipo de solicitud para que nuestro equipo “operativo” las tenga en consideración.
Conforme a las disposiciones regulatorias vigentes, la disponibilidad de la Red Eléctrica se encuentra definida de acuerdo a los siguientes estándares, en caso de que el punto de conexión deseado no cumpla alguno de los parámetros, se deberá seguir el proceso de conexión descrito en el artículo 12 de la Resolución CREG 030 de 2018.
La EEBP SAESP le informa que es necesario que adjunte todos los documentos requeridos dentro de la solicitud de la conexion simplificada, de no hacerlo, el trámite no podrá ser completado satisfactoriamente. Así mismo le recordamos que la información diligenciada en el formulario sea real y verídica.
Estudio de conexión simplificado para AGPE entre 0.1 y 1, y AGGE menor a 5 MW